Este martes tendrá lugar el juicio que tuvo que haberse celebrado en abril, por el cual un aficionado sevillistá está acusado de un presunto delito contra la integridad moral tras insultar al delantero madridista
Los hechos sucedieron hace ya más mas de tres años, concretamente el 21 de octubre de 2023, en un Sevilla – Real Madrid que los blancos ganaron por 1-2 pero que trajo mucha cola… Y que de hecho ha acabado en los tribunales, ya que un aficionado del Sevilla se enfrenta a una pena de un año y nueve meses de prisión por llamar «mono» al jugador del Real Madrid Vinícius Júnior durante dicho partido.
El juicio tendrá lugar este martes y según se recoge en el escrito de acusación, en el juicio, que se tendría que haber celebrado el pasado abril, el procesado se enfrenta a dicha petición provisional de prisión por parte de la acusación pública por un delito contra la integridad moral, por unos hechos que se produjeron cuando el delantero brasileño recibió insultos racistas desde la grada por parte del procesado.
Señala el escrito que, entre los minutos 83 y 86 del partido, cuando el acusado ocupaba su localidad en la grada Gol Norte, próxima al terreno del juego, se dirigió al jugador madridista de forma reiterada, insultándolo «con evidente desprecio al color negro» de su piel y profiriendo contra él gritos y gestos de menosprecio de carácter racista.
Esto generó sentimientos de frustración, vergüenza y humillación con el consiguiente menoscabo de su dignidad, indica la Fiscalía, que indica que las manifestaciones de menosprecio consistieron en concreto en simular los gestos que hacen los primates y reproducir gritando de forma repetida «mono», así como los sonidos «uh, uh, uh, uh», que imitan el chillido emitido por ese animal.LaLiga, que está personada en este caso, ya trasladó en su momento al Comité de Competición de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) y a la Comisión Antiviolencia su denuncia sobre los gestos racistas de los que fue objeto el internacional brasileño.
¿Por qué interviene la justicia?
El caso no se limita a una sanción deportiva. La Fiscalía plantea que los hechos pueden constituir un delito contra la integridad moral, por lo que el asunto llegó a la vía penal. La acusación solicita provisionalmente un año y nueve meses de prisión, pero esta petición no equivale a una condena: será el tribunal quien, después del juicio y de valorar las pruebas y los argumentos de las partes, determine si existe responsabilidad penal y, en su caso, qué consecuencias corresponden.

Esta denuncia forma parte de una estrategia que LaLiga había desarrollado durante los años anteriores para denunciar ante las autoridades los insultos racistas dirigidos contra Vinícius y otros futbolistas. En 2023, LaLiga presentó numerosas denuncias relacionadas con comportamientos racistas en los estadios y puso en marcha mecanismos para facilitar la identificación de los responsables.
Episodios racistas contra Vinícius
El caso de Sevilla se produjo dentro de un periodo en el que Vinícius Júnior fue objeto de distintos episodios de insultos y comportamientos racistas en diferentes estadios del fútbol español. Durante 2023, LaLiga denunció ante las autoridades varios incidentes relacionados con el jugador del Real Madrid, entre ellos estuvieron los ocurridos en Mallorca, Pamplona, Barcelona y Sevilla, además del conocido episodio de Mestalla, en Valencia, en mayo de 2023. LaLiga llegó a señalar que había presentado múltiples denuncias por incidentes racistas contra Vinícius ante organismos judiciales y deportivos.

El episodio de Mestalla tuvo posteriormente una consecuencia judicial especialmente relevante. En junio de 2024 se dictó la que LaLiga calificó como primera sentencia condenatoria en España por insultos racistas producidos en un estadio de fútbol. Tres personas fueron condenadas por un delito contra la integridad moral con la agravante de discriminación por motivos racistas. La pena inicialmente establecida fue reducida posteriormente a ocho meses de prisión debido a la conformidad alcanzada durante la fase de instrucción. También se estableció una prohibición de acceso a estadios durante dos años.
Este precedente ayuda a comprender la importancia del procedimiento de Sevilla. Los insultos racistas en el fútbol pueden tener consecuencias que van más allá de las sanciones deportivas o de la expulsión de un estadio cuando los hechos reúnen las características necesarias para ser considerados penalmente relevantes.
La respuesta del Sevilla y de LaLiga
La reacción del Sevilla en este caso fue rápida. Una vez identificado el aficionado, el club procedió a expulsarlo del estadio y aplicó las medidas contempladas en su normativa interna. LaLiga destacó posteriormente la coordinación entre sus responsables de seguridad, el club y las autoridades para localizar al autor de los insultos.
Este tipo de actuaciones se enmarca en una cuestión más amplia: la responsabilidad de los clubes y de las organizaciones deportivas a la hora de prevenir y responder a comportamientos racistas en los estadios. LaLiga había creado, además, mecanismos para que los aficionados pudieran aportar imágenes o información que ayudara a identificar a los responsables de este tipo de conductas.

La importancia del caso
El procedimiento tiene relevancia porque permite observar cómo un comportamiento producido desde una grada puede pasar de ser considerado un incidente dentro de un partido a convertirse en un procedimiento judicial.
También muestra la diferencia entre los distintos niveles de respuesta. Un club puede aplicar sus propias normas internas, los organismos deportivos pueden imponer sanciones dentro de sus competencias y, cuando los hechos pueden constituir un delito, intervienen los tribunales de justicia.
En este caso concreto, la Fiscalía considera que la utilización de expresiones y gestos que relacionan a una persona negra con un primate constituye un comportamiento de carácter racista que afecta directamente a su dignidad. La valoración definitiva, sin embargo, corresponde al tribunal que juzgará los hechos.
Por tanto, el juicio de este martes 22 de septiembre no determinará únicamente si el acusado realizó las expresiones y gestos que recoge la acusación, sino también si esos hechos reúnen los requisitos necesarios para generar responsabilidad penal y qué consecuencias jurídicas deberían derivarse de ellos. Esto convierte el procedimiento de Sevilla en otro ejemplo de la creciente utilización de la vía judicial para abordar conductas racistas producidas durante competiciones deportivas.





